Argentina aprueba “microeventos” en las Cataratas del Iguazú

El gobierno argentino ha aprobado la realización de “microeventos” con un máximo de 60 participantes en determinadas zonas del Parque Nacional Iguazú, en la provincia de Misiones, al noreste del país. La medida implica el uso de áreas de uso público intensivo en la zona de Cataratas, uno de los destinos turísticos más importantes del país sudamericano. La resolución estipula que los eventos deberán tener un máximo de 60 participantes y deberán apegarse a estrictos estándares ambientales. En este contexto, queda prohibido el uso de equipos musicales, drones, plásticos de un solo uso y cualquier tipo de infraestructura fija o terrestre. Los organizadores deberán solicitar un permiso a la Administración del Parque Nacional Iguazú con al menos cinco días hábiles de anticipación y presentar una declaración jurada de protección ambiental en la que se comprometen a cumplir “estrictamente” las medidas de gestión ambiental vigentes. La resolución autoriza a la administración del parque a tramitar y expedir permisos para estos eventos en la zona de las cataratas, pero aclara que el permiso tiene una vigencia “excepcional y temporal” por un período de un año a partir de su publicación.

“Los microeventos son únicamente pequeños eventos con un máximo de sesenta (60) participantes, que se desarrollan exclusivamente en las áreas y bajo las condiciones operativas y ambientales especificadas en el reglamento”, señala la decisión. Además, se fija un número máximo de dos “microeventos” por día y se establece que sólo podrán realizarse en zonas de uso público intensivo previamente autorizadas y dentro del horario habitual de apertura del parque. Se estipula que estas actividades no deben restringir el tráfico o acceso de visitantes no asistentes al evento. En cuanto a las infraestructuras, la norma establece que “sólo se permiten elementos degradables, portátiles y de bajo impacto”, mientras que se prohíben “estructuras fijas ancladas al suelo o cierres completos del área”. La resolución estipula que la eliminación de todos los residuos generados es responsabilidad exclusiva del organizador y que los alimentos deben ser tratados de forma que los animales salvajes no tengan acceso a ellos. Si se descubre alguna irregularidad, la administración del parque podrá ordenar la suspensión inmediata del evento.